"Nuestra búsqueda de la verdad es constante, por etapas, y el inconformismo e imperfección humanos nos deja cerca de una realidad: lo que hoy damos por bueno, tal vez mañana lo eliminemos, de este sitio y de nuestros principios".

¡Nos vemos en rumble: raowll!

Saludos a quienes nos ven desde: Alemania, Andorra, Arabia Saudí, Argentina, Australia, Austria, Bangladés, Bélgica, Belice, Bolivia, Bosnia-Herzegovina, Brasil, Bulgaria, Cabo Verde, Camboya, Canadá, Chequia, Chile, China, Colombia, Corea del Sur, Costa de Marfil, Costa Rica, Cuba, Dinamarca, Ecuador, Egipto, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Eslovaquia, Estados Unidos, España, Filipinas, Finlandia, Francia, Georgia, Ghana, Grecia, Guatemala, Honduras, Hong Kong, Hungría, India, Indonesia, Japón, Kenia, Irlanda, Israel, Italia, Letonia, Líbano, Malasia, Malta, Marruecos, México, Nepal, Nicaragua, Nigeria, Noruega, Omán, Países Bajos, Pakistán, Panamá, Paraguay, Perú, Polinesia Francesa, Polonia, Portugal, Puerto Rico, Región desconocida, Reino Unido, República Checa, República Dominicana, Rumanía, Rusia, Singapur, Sri Lanka, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Tailandia, Taiwán, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay, Venezuela, Vietnam...


COLABORACIÓN MUTUA

Si deseas aportar comentarios e ideas, no dudes en escribirnos: raowl@live.com

Podemos insertar tu obra: plástica, relato, novela, ensayo -si a temática es disidente (no necesariamente), heterodoxa, etc.-, por entregas..., y poemas (de todo tipo)... Otros poetas (Ana Mª Espinosa, Belquis Castillo, David González, Kety Alejandrina Lis, Laura Giordani, Luis Antonio de Villena y Víctor Gómez Ferrer) han intervenido aquí hace años. Muchas gracias a todos.

Interpretaciones del concepto Derechos Humanos


Derechos Humanos


Interpretaciones del concepto Derechos Humanos


      1- En 1948 se aplica el principio de igualdad entre sexos, en la Declaración Universal de Derechos Humanos(1) -es una lástima que no se trate de una declaración vinculante-. Tal vez haya resultado positiva dicha declaración, pues… en la primera mitad del siglo XX, se sufrieron veintidós guerras –parece que solo se habla de las dos Mundiales-; en la segunda mitad, veinticinco; pero, al menos, las cifras de muertos se han reducido(2), según las siguientes palabras textuales: “Desde el año 1700 han muerto en conflictos armados unos 100 millones de personas, el 90% durante el siglo XX y un 13% desde 1945 al presente"(3).

      Un fruto que ha brotado de dos declaraciones constitucionales, la de Virgina (EE.UU.) en 1776 y la de Francia (Revolución Francesa) en 1789, fruto que ha ido madurando, ha pasado por diferentes etapas, hasta llegar al momento actual. Muchos movimientos sociales que han reivindicado derechos y libertades han ido conformando el proceso, algunas mujeres fueron las verdaderas heroínas y quienes sembraron el árbol; ejemplo, en Latinoamérica: Leona Vicario, 1789-1842, México; Soledad Acosta de Samper, 1833-1913, Colombia; y un largo etc.(4).

      2- Según dos autores, Jesús González Amuchastegui y Ernesto Garzón Valdés, la idea de derechos humanos varía: una; tiene que predominar la relevancia moral del principio de dignidad humana (aquél); dos: hay que ampliarla a fundamentar una regulación jurídica moralmente aceptable (éste). Alguna objeción al concepto que nos ocupa, por parte de Ernesto Garzón: “si los titulares de los derechos humanos son las personas, si ellos les pertenecen por el hecho de ser tales, aceptar la tesis de la 'invención' significaría, o bien que hasta su invención los seres humanos no eran personas, o si lo eran entonces no es verdad que valgan sin más para todas las personas, ya que sólo valdrían para quienes han tomado conocimiento de esta invención"(5). Objeción de Jesús González, tanto a E. Garzón como al sistema mundial tal y como gestiona el asunto “Derechos Humanos”, mediante un pregunta al aire o a mentes receptivas: “¿no merecería la pena procurar una institucionalización internacional más potente, democrática y comprometida con la defensa de los derechos humanos?", lo cual puede llevar a la idea expuesta en las primeras líneas de este texto (aquello de lo no vinculante).

      3- La Declaración Universal de Derechos humanos fue proclamada solemnemente por la Asamblea General de las Naciones unidas (10 de diciembre de 1948) y se completó en 1966 por dos Pactos del mismo ámbito(6).  El término solemne, tiene varios significados, el primero que aparece en el DRAE, como adjetivo, es el que dice: “Celebrado o hecho públicamente con pompa o ceremonias extraordinarias”. Tal vez vaya como anillo al dedo, teniendo en cuenta aquella Asamblea General de las Naciones Unidas –visto lo visto en el siglo XX, podría ser válido también lo de Naciones Desunidas-; siendo así, el ideal Derechos Humanos suena a farsa, a engaño y a hipocresía.

      Muchas declaraciones se han apoyado en la idea que aquí se expone, en regiones y en continentes: en la Mancomunidad de Naciones (Commonwealth), nacida en 1920; Organización de Estados Americanos (OEA), creada en 1948; La Carta de Banjul, de 1981 (África); Consejo de Europa, 1949; Unión Europea, 1951-1957 y otros Tratados. Con todo ello se trata de concienciar al mundo, a las sociedades, a las masas, a los políticos y a otros elementos jerárquicos, de que se deben respetar los derechos fundamentales y las Libertades Públicas. Las Constituciones Democráticas de los Estados miembros reconocen los derechos humanos inalienables, la dignidad de la persona, el libre desarrollo de la personalidad, la paz social, etc.

      Hay algo que es digno de reseñar: “El artículo 2.2 de la Constitución alemana (Ley Fundamental de Bonn), de 1949, dispone que el pueblo alemán reconoce los derechos inviolables e inalienables del hombre como fundamento de toda comunidad humana, de la paz y de la justicia en el mundo”. Estas últimas palabras son emocionantes, porque quizá el mayor valor que contenga el concepto Derechos Humanos, sea el de la paz a nivel mundial. Pero los intereses económicos que buscan de manera incansable las riquezas que esconde la tierra en África, Oceanía, Asia, etc. (minerales, petróleo…), con descaro, se saltan a la torera toda solemnidad y todo discurso bello, tierno y sentimental. Por ejemplo, el de la niña –cuando pronunció uno (1992), en la Cumbre de Medio Ambiente y Desarrollo celebrada en la ONU, en Río de Janeiro- Severn Cullis-Suzuki(6) –hoy es bióloga, ecóloga y activista ambiental-... ¿habrá cambiado su discurso?

      4- Del título de este escrito, se pueden extraer algunas conclusiones más, y muchas ideas asociadas. Por ejemplo: retórica, escepticismo, sensiblería, ansiedad, debilidad, intelectualidad y falta de ella, etc. ¿Palabrería para atemperar el ánimo de las masas? En todo caso, se reproducen aquí unas palabras de Amartya Sen que tratan de acercarse al controvertido concepto: "Las proclamas éticas de derechos humanos son comparables a los pronunciamientos en, digamos, ética utilitarista, aun cuando el contenido sustantivo de la articulación de los derechos humanos es enteramente diferente de las tesis utilitaristas. Los utilitaristas quieren que las utilidades se consideren como las únicas cosas que importan en última instancia y exigen que las políticas estén basadas en la suma total de las utilidades, en tanto que los abogados de los derechos humanos quieren el reconocimiento de la importancia de ciertas libertades y la aceptación de ciertas obligaciones sociales para salvaguardarlas. Pero incluso si difieren en lo que es exigido exactamente por la ética, su batalla se da en el mismo –y compartido- territorio general de las creencias y los pronunciamientos de carácter ético. Éste es aquí el punto en cuestión al contestar la pregunta sobre qué son los derechos humanos"(7).

      5- Última interpretación, la que equivale a lo que se echa en falta: Convenciones, Protocolos, Tratados, Acuerdos, Declaraciones, Cartas, etc., que aboguen por la supresión de la fuerza bruta, de las guerras, conflictos armados o cualesquiera otros eufemismos a que nos tienen acostumbrados los mass media, políticos, etc., y sobre todo, los caracteres vinculantes.


Fuentes de información

-Página recomendable por la vasta información que aporta en relación con Derechos Humanos;Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes:http://bib.cervantesvirtual.com/FichaObra.html?Ref=35291
(1) Las Otras en los Derechos humanos. Mercedes Alcañiz Moscardó:http://rua.ua.es/dspace/bitstream/10045/2867/1/Feminismos_1_11.pdf
-Mercedes Alcañiz Moscardó es doctora en Ciencias Políticas y Sociología, y profesora titular deSociología en el Departamento de Filosofía y Sociología de la Universitat Jaume I de Castellón. Susprincipales temas de investigación se centran en los Cambios Sociales y en los Estudios de Género. Ha realizado distintas investigaciones y publicado artículos en revistas españolas y extranjeras sobre diferentes aspectos relacionados con la realidad social de las mujeres, como la conciliación entre la vida laboral y familiar, la tecnología, la paz y el desarrollo, los cambios generacionales y la desigualdad. Su última publicación vinculada con este tema es el Manual de Cambio Social y Movimientos Sociales (2009). Asimismo, ha impartido conferencias y participado en cursos en universidades de Portugal, México, Chile, Cuba y Costa Rica.
(5) Algunas Discrepancias con Ernesto Garzón en Materia de Derechos humanos. Jesús González Amuchastegui:http://descargas.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/57949496989161499754491/035291.pdf?incr=1
(6) Ante la ONU la niña que dejó en silencio a todo el mundo:http://www.youtube.com/watch?v=x9ZiI6Y0CpA
(7) La Idea de la Justicia. Amartya Sen –Premio Nobel de Economía-. Editorial Taurus, 2010




poessia

No hay comentarios: